Se deberán realizar pagos provisionales mensualmente y presentarse a más tardar el día 17 del mes siguiente al que corresponda el pago.
Procedimiento para calcular el pago del impuesto sobre la renta
- Calcule la
utilidad o ganacia, para ello reste a su total de sus ingresos
obtenidos en el periodo (desde el primer mes del año hasta el mes por el
que por el que calcula el impuesto), las deducciones o gastos correspondientes al mismo periodo
- Al resultado reste en su caso las pérdidas fiscales de años anteriores que no haya disminuido.
- Al resultado aplique la tarifa y tabla de los artículos 113 y 114 respectivamente de la Ley del Impuesto sobre la Renta que corresponda según el periodo de pago.
- A la cantidad determinada restare los pagos provisionales realizados con anterioridad en el mismo año, así como las retenciones del impuesto sobre la renta que en su caso, le hayan efectuado las personas morales.

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